El costo fiscal se encuentra reglamentado por el artículo 67 del Estatuto Tributario, en donde se define como el valor tributario que tiene cada activo fijo, el cual se determina según las disposiciones legales que le correspondan, generalmente este es un simple cálculo que consta de sumar el valor de la compra más las mejoras y valorizaciones, aunque este cálculo dependerá de diversos factores.
Este tipo de avalúo se usa generalmente en la venta de los activos fijos para determinar la utilidad generada y para calcular el patrimonio líquido de los contribuyentes, lo cual afecta directamente la renta presuntiva y el impuesto al patrimonio.
Los siguientes son los activos fijos a los cuales se les debe realizar una operación matemática para determinar su costo fiscal, al momento de presentar alguno de los impuestos ya mencionados:
· Bienes inmuebles.
· Propiedad, planta y equipo.
· Activos fijos no corrientes mantenidos para la venta.
· Activos intangibles.
· Inversiones.
· Bienes incorporales formados.
· Bienes inmuebles de los no obligados a llevar contabilidad
La forma de calcular el costo fiscal de los bienes inmuebles para las personas no obligadas a llevar contabilidad es:
· Tomar el precio de adquisición.
· Sumar las mejoras que se le hagan al inmueble “Construcciones, remodelaciones, etc.”
· Sumar las valorizaciones que presente.
El costo puede incrementarse con el reajuste fiscal del cual habla el artículo 70 del Estatuto Tributario, para el año gravable 2019 equivale a 3.36%.
Bienes inmuebles para los obligados a llevar contabilidad
En este caso se debe tener en cuenta lo establecido en los artículos 69 y 69-1 del Estatuto Tributario, los cuales también tratan del costo fiscal de la propiedad planta y equipo, y los activos no corrientes destinados para la venta.
La fórmula para calcularlo en este caso será la siguiente:
· Valor de adquisición del activo.
· Más reparaciones, adiciones e inspecciones.
· Menos la depreciación.
· Más el reajuste fiscal.
Como se puede observar, a diferencia de las personas no obligadas a llevar contabilidad, en este caso si posible descontar la depreciación de cada inmueble, y adicionalmente se hace mención a las adiciones, mejoras, reparaciones e inspecciones que deban ser capitalizadas y no tratadas como gasto.
Costo fiscal de la propiedad, planta y equipo
La manera de determinar el costo de la propiedad planta y equipo es la misma que se usa para los inmuebles:
Para no obligados a llevar contabilidad:
· Tomar el precio de adquisición.
· Sumar las mejoras que se le hagan al inmueble “Construcciones, remodelaciones, etc.”
· Sumar las valorizaciones que presente.
Mientras que los obligados a llevar contabilidad podrán restar la depreciación.
Cálculo del costo fiscal de los activos fijos no corrientes mantenidos para la venta
En este caso el artículo 69-1 del Estatuto Tributario hace mención que: el costo fiscal de los activos fijos no corrientes mantenidos para la venta corresponderá al mismo costo fiscal remanente del activo antes de su reclasificación. De esta manera corresponde a la suma de:
· Precio de adquisición.
· Costos directos atribuibles en la medición inicial.
· Menos cualquier deducción que haya sido realizada para fines del impuesto sobre la renta y complementarios.
Al momento de la enajenación se debe adicionar el valor del reajuste fiscal.
Referencias
Gerencie . (2021). Costo fiscal de activos fijos . Mayo 03, 2021, de Gerencie Sitio web: https://www.gerencie.com/costo-fiscal-de-los-activos-fijos.html
Leegales. (2020). ¿Que es el costo fiscal y cómo se determina?. Octubre 09, 2020, de Leegales Sitio web: https://dianhoy.com/costo-fiscal/
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